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Derechos lingüísticos

 
Recomendaciones para hacer un buen uso de los derechos lingüísticos
  • Exprésese libremente en catalán en los establecimientos comerciales, tanto oralmente como por escrito; les tienen que entender.
  • Tiene derecho a recibir en catalán las invitaciones a comprar (p.ex. los folletos, los catálogos, los trípticos u otros soportes documentales o no documentales donde conste la oferta de bienes o servicios).
  • Tenga en cuenta que la documentación contractual, en una relación de consumo, tiene que estar disponible en catalán (los contratos con cláusulas tipos, los contratos normativos, las condiciones generales y la documentación que haga referencia o que derive y, muy especialmente, los contratos de adhesión).
  • Piense que la documentación de caràcter comercial, en una relación de consumo, tiene que estar en catalán (p.ex. los presupuestos, los resguardos de depósito, las facturas o los tickets de caja).
  • En referència a los servicios financieros, tenga presente que los cheques, los pagarés, los talonarios y otros documentos ofrecidos a los clientes tienen que estar redactados como mínimo en catalán.
  • Tiene derecho a recibir en catalán cualquier información de carácter fijo como el cartel exterior visible desde la calle indicativo de la actividad comercial, el cartel del horario comercial, la rotulación interior relativa a las ofertas o servicios en un establecimiento, los letreros interiores de las secciones de los establecimientos o de las tiendas o, incluso, los lineales de las estanterías donde se exponen los productos para su venta.
  • ¡Importante! Tiene derecho a recibir en catalán las informaciones necesarias para el consumo, el uso y el manejo adecuado de los bienes y servicios, de acuerdo con sus características, con independencia del medio, formado o soporte utilizado, y, especialmente los datos obligatorios relacionados directamente con la protección de la salud y la seguridad (informaciones, advertencias de seguridad, precauciones, instrucciones de funcionamiento, etc. que, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable a cada caso, tenga carácter obligatorio, p.ex. las advertencias de un juguete para garantizar la seguridad de los niños o la composición de un producto alimenticio para evitar cualquier reacción alèrgica).
  • Es importante saber que los datos obligatorios y las informaciones voluntarias adicionales que figuran en el etiquetado de productos catalanes que tienen concedida  la denominación de origen, la denominación comarcal o la denominación de calidad y de los productos artesanales que se distribuyen en el ámbito territorial de Cataluña tienen que estar necesariamente, como mínimo, en catalán.
  • Preste atención con los documentos públicos autorizados por notarios u otros funcionarios competentes como, por ejemplo, la escritura de una propiedad o el testamento, dado que son válidos otorgados en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña. Con carácter general, los documentos públicos se tienen que redactar en la lengua oficial que escoja al otorgante o, si hay más, en la lengua que acuerden.
  • Tenga presente que los documentos privados, contractuales o no, cualquiera que sea la naturaleza, son válidos redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales en Cataluña y no requieren ninguna traducción para exigir judicialmente o extrajudicialmente su cumplimiento en el ámbito territorial de Cataluña.
  • Piense que las empresas y las entidades públicas o privadas que ofrecen servicios públicos, como las de transporte, de suministros, de comunicaciones y otras (las de telefonía fija y móvil, comunicaciones por Internet, correos, ferrocarriles, taxis, líneas de autobuses, compañías aéreas, las de suministro de agua, luz, gas...), tienen que utilizar, al menos el catalán en la rotulación y en las comunicaciones megafónicas.

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